Respuesta rápida
El contrato de compraventa es el documento que firmáis vendedor y comprador cuando vendes tu coche a un particular. Según la DGT, como mínimo debe incluir el nombre y el DNI o NIE de los dos, la marca, el modelo y la matrícula, el precio y la fecha y hora de la firma, y tiene que estar firmado por los dos en todas sus hojas. Es gratis: la DGT ofrece un modelo. Lo necesitas para hacer la notificación de venta, y el comprador, para el cambio de titularidad.
1. Para qué sirve el contrato de compraventa
El contrato deja por escrito que el coche ha cambiado de manos, a quién, por cuánto y en qué momento exacto. Es el documento que pide la DGT para los dos trámites de la venta:
- Tú, como vendedor, lo necesitas para hacer la notificación de venta: sin el contrato firmado, la DGT no la tramita.
- El comprador lo necesita para pedir el cambio de titularidad en un plazo máximo de 30 días, junto con el justificante del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Además, si después surge un desacuerdo (una multa de antes de la venta, un defecto que el comprador dice no conocer), el contrato es la primera prueba de lo que pactasteis.
2. Qué tiene que incluir como mínimo
La DGT indica los datos que no pueden faltar:
| Dato | Qué poner |
|---|---|
| Vendedor | Nombre y apellidos y DNI, NIE o NIF |
| Comprador | Nombre y apellidos y DNI, NIE o NIF |
| Vehículo | Marca, modelo y matrícula |
| Precio | El precio de compra |
| Fecha y hora | La fecha y la hora exactas en que se firma el contrato |
El contrato tiene que estar firmado por el comprador y por el vendedor en cada una de las hojas. Pide también al comprador una copia de su DNI, NIE o NIF, y quédate con un ejemplar original antes de entregar el coche.
3. Qué conviene añadir para venderlo tranquilo
Estos puntos no son obligatorios para la DGT, pero evitan malentendidos después de la venta:
- Número de bastidor y kilómetros en el momento de la venta.
- La hora de entrega del coche, si no es la misma que la de la firma. La DGT recomienda dejarla anotada.
- Forma de pago: importe, si es por transferencia bancaria y que el pago se ha recibido. Si hay señal, cuánto es y qué pasa si alguno de los dos se echa atrás.
- Estado del coche: que el comprador lo ha visto y probado, y los defectos o averías que conoces. Lo que se describe por escrito no da lugar a discusiones después.
- Cargas: si el coche tiene una reserva de dominio o un embargo, tiene que constar. Con un embargo o un precinto, el comprador debe firmar que conoce la situación (puede ser una cláusula del propio contrato). Si el coche es financiado, mira la guía vender un coche financiado.
- Qué entregas: permiso de circulación, ficha técnica, llaves (cuántas), libro de mantenimiento.
- Quién paga qué: la transferencia y el Impuesto de Transmisiones los paga el comprador; si pactáis repartir el impuesto de circulación del año, dejadlo escrito.
Puedes partir del modelo de contrato de compraventa de la DGT y añadir estos puntos. Para la DGT basta un contrato firmado por los dos: no pide que se firme ante notario. Si tu caso tiene algo especial (una herencia, un coche de empresa, una deuda pendiente), consulta con un asesor o una gestoría antes de firmar.
4. Cómo firmarlo, paso a paso
- Antes de quedar: comprueba que el coche no tiene multas ni impuestos pendientes con el informe DGT.
- Prepara dos ejemplares del contrato con tus datos y los del coche ya rellenos.
- Comprueba la identidad del comprador con su DNI o NIE y completa sus datos.
- Comprueba que el dinero está en tu cuenta antes de entregar las llaves y la documentación.
- Escribe la fecha y la hora y firmad los dos en todas las hojas de los dos ejemplares.
- Haz la notificación de venta ese mismo día: la DGT la tiene en cuenta desde que la haces, no desde la fecha del contrato.
5. ¿Y si después de la venta aparece un defecto?
Que la venta sea entre particulares no significa que el vendedor no responda de nada. En Cataluña, la compraventa se rige por el libro sexto del Código civil de Cataluña: el coche tiene que ser conforme a lo pactado y a la descripción que diste, y el vendedor no responde de los defectos que el comprador conocía. Por eso es tan útil describir en el contrato el estado del coche y los defectos conocidos, y no ocultar nada en el anuncio.
Qué pasa en un caso concreto (qué defecto, cuándo aparece, qué se pactó) depende de los hechos y de lo firmado. Si te encuentras en esa situación, consulta con un asesor.
Resumen de costes
| Concepto | Quién lo paga | Importe |
|---|---|---|
| Contrato de compraventa (modelo DGT) | — | Gratis |
| Notificación de venta (tasa 4.1) | Vendedor | 8,67 € |
| Cambio de titularidad (tasa 1.5) | Comprador | 55,70 € |
| Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en Cataluña, modelo 620 ante la ATC) | Comprador | Según el valor del coche |
| Gestoría (opcional) | Quien la contrate | Según la gestoría |
Tasas de la DGT consultadas en octubre de 2026.
Errores que conviene evitar
- Firmar sin la hora o con los datos del comprador incompletos.
- Firmar solo la última hoja: la DGT pide la firma de los dos en todas.
- Quedarte sin un ejemplar original del contrato.
- Entregar las llaves antes de comprobar el pago.
- Callar una carga o un defecto que conoces: es lo que más problemas da después de la venta.
El contrato es solo uno de los pasos. Para el proceso completo (comprobaciones, documentación, cobro y lo que paga el comprador), mira la guía cómo vender un coche a un particular.
¿Prefieres que lo hagamos por ti?
En Firma Motor revisamos tu coche en tu casa, lo anunciamos, atendemos a los compradores y te acompañamos en la firma. A ti no te cuesta nada: nuestros honorarios los paga el comprador.
Preguntas frecuentes
¿Qué datos debe tener un contrato de compraventa de un coche?
Según la DGT, como mínimo: nombre y DNI, NIE o NIF del vendedor y del comprador; marca, modelo y matrícula del coche; precio, y fecha y hora de la firma. Además, tiene que estar firmado por los dos en todas sus hojas.
¿Hay un modelo oficial de contrato de compraventa?
La DGT ofrece un modelo de contrato de compraventa de vehículos que se puede descargar gratis. No es obligatorio usarlo, siempre que el contrato recoja los datos mínimos.
¿Hace falta ir al notario para vender un coche a un particular?
No. Para la DGT basta un contrato privado firmado por el vendedor y el comprador en todas sus hojas.
¿Por qué hay que poner la hora en el contrato?
Porque deja constancia del momento exacto en que el coche cambia de manos. La DGT pide la fecha y la hora de la firma y recomienda anotar también la hora de entrega del coche.
¿Quién se queda con el contrato?
Los dos. Lo habitual es firmar dos ejemplares originales, uno para cada parte. El vendedor lo necesita para la notificación de venta y el comprador, para el cambio de titularidad.
¿Responde el vendedor particular de las averías después de la venta?
Puede responder si el coche no es conforme a lo pactado o a lo que se describió. No responde de los defectos que el comprador conocía, por eso conviene describir el estado del coche en el contrato. Cada caso depende de los hechos: consulta con un asesor.
Fuentes
- DGT: vender un vehículo de segunda mano (datos mínimos del contrato)
- DGT: modelo de contrato de compraventa de vehículos (PDF)
- Sede electrónica DGT: notificación de venta
- Sede electrónica DGT: transferencia o cambio de titularidad
- BOE: Ley 3/2017, libro sexto del Código civil de Cataluña (compraventa, arts. 621-1 y siguientes)